Os Boás son nosos (V)

31-08-2018

OS FILLOS DALGO ESTÁN EXENTOS DE PAGAR O «VOTO DE SANTIAGO»

Despois de percorrer os lugares de orixe da familia Boán (ver) e de repasar o contido da carta de dote e casamento de Fernando de Boán e Isabel Arias de Sobrado e Argiz (ver) ou o testamento de Don Fernando Boán cura de Abruciños (ver), e o da sua muller Isabel (ver) propoñémonos mergullarnos no mundo de finais do seculo XVI para coñecer con moito máis detalle a forma de vida da sociedade da época, tomando como base un conflito que tivo lugar o ano de 1573 polo cobro do chamado Voto de Santiago, do que estaban exentos as persoas nobres, e que a súa resistencia ao pago supuxo o incendio e o derrocamento de parte da pousa de Cacabelos, lugar de morada de Don Fernando de Boán, despois que se trasladase a ela desde Sitiós (Santa Eugenia) unhos quince anos antes para exercer como o novo abade de San Juan de Abruciños.

Arbol_Fernando

É precisamente este documento o que nos mostra a importancia que en todas as ordes tiña pertencer a un estamento ou outro. Ser fillo dalgo naquela época supoñía gozar dunha serie de privilexios dos que non se facían acredores os do estado máis desfavorecido. Ademais de non dispoñer das súas propias terras –xa maioría eran detentadas en foro ou arrendamento- víanse afrontados a satisfacer unha serie de dereitos señoriais tales como a luctuosa ou o odiado Voto de Santiago.

Atentado

O conflito que subxace no presente documento xorde polo tanto pola negativa de Fernando de Boan de facer fronte ao pago do chamado Voto de Santiago por considerarse pertencente á clase máis privilexiada, que estaba exenta de pagalo, e polo que pronto toparía ca intransixencia do mundo dos levadores e traballadores da terra.

O afán dos máis desfavorecidos por compartir o repartimiento do Voto de Santiago entre todos os veciños que contrastaba co empeño por acaparar terras e establecer un solar simbólico como sería durante moitos anos a pousa de Cacabelos. Facer valer a súa condición de notable e fillo dalgo resultaba fundamental porque era o que lles mantería exentos de facer fronte a este tipo de tributos.

Esta obsesión dos Boás por demostrar a súa condición de fillos dalgo non é única neste documento, senón que será unha constante en todas as xeracións da familia, desde o momento mesmo que se elabora o documento de dote e casamento, pasando pola mesma acaparación de terras e a construción de Póusa de Cacabelos pola súa forte connotación como símbolo de nobreza, pasando polo gran esforzo que lle suporía a Pedro Fernandez de Boan, neto de Fernando de Boán, demostrar a súa condición de nobre para poder pretender o hábito da Orde de Santiago ata que se dilucidou o último litixio entre os Boanes e o veciño mosteiro de San Clodio do Ribeiro para dominar as terras de Amoeiro.

Os incidentes desencadéanse cando Fernando de Boan móstrase remiso a facer fronte ao pago do Voto de Santiago por negarse a ser incluído no repartimiento do voto que lle correspondía como veciño do partido polo que se facía o repartimiento. A reacción dos recadadores do voto non se fixeron esperar ata que unha noite queimaron a facenda de Fernando de Boan e mataron dous dos seus bois e proferiron importantes inxurias contra o relixioso e a súa familia.

Tras os incidentes, Fernando de Boan elaborou unha minuciosa probanza  para poder desenmascarar aos culpables dos incidentes e demostrar a súa condición de nobre. Estas probanzas consistían básicamente nas declaraciós de unha serie de testigos que presenciaron os feitos e que, ó mismo tempo, decían coñecer a condición de fillos dalgo dos antepasados dos Boás, polo que foron trasladadas á Real Audiencia da Coruña onde, finalmente, prodúxose a sentenza definitiva recoñecendo a súa condición de fillo dalgo notorio e condenando aos autores dos feitos a fortes penas de prisión.

O documento resulta de interese especialmente para os oriúndos de terras chantadinas porque reflexa con bastante detalle a situación social e económica do século XVI ó mismo tempo que nos sitúa en lugares simbólicos para nós tales como a Torre de Arcos –agora en ruínas- ou en liñaxes como os Fernandez de Temes, ó qu situan os testigos no sepulcro da igrexa de Santiago de Losada, ó qu o propio Fernando de Boan empéñanse en sinalar como un dos sus “ deudos” ou antecesores da súa liñaxe.

PROVANÇA QUE HIÇO FERNANDO DE BOAN Y TEMEZ CERCA DE LOS VOTOS DE SANCTIAGO POR DONDE PROVO NO DEVELLOS POR SER NOBLE COMO LO BERIFICO CONTRA BARTOLOME DE BOVEDA AGRAXES Y OTROS CONSORTES. SIENDO ARRENDATARIO DELLOS JUAN GONZALEZ DO CAMPO. AÑO DE 1573

Querella:

Fernando de Boan y Temes clerigo rector de San Juan de Abruciños parezco ante V. Md. y atento que tengo fenecida y acavada mi oservancia contra Bartolome de Boveda Agraxes Pedro de Cacabelos y consortes sobre el delito y quema de cassa que me hizieron y atento la probanza original tengo de rremitir a la Real Audiencia deste Reino donde mana la comission de V. Md. para alcanzar justicia de los culpados … por presentada esta personacion … e yo escribano estoy presente … en el lugar de Santiago de Pradeda a cinco dias del mes de henero de mill y quinientos y setenta y tres años…

Sepades que Fernando de Boan y Temes clerigo presento delante nos na petición y querella del tenor siguiente = Muy ilustre señor Fernando de Boan y Temes, clerigo y rretor de San Juan de Abruciños ante V. Md. querello criminalmente acusso a Bartolome de Boveda Agraxes cantº Pedro de Cacabelos y a Bartolome Moredos tabernero y a Juan Fernandez Dopaço y a Bartolome de Arcos y Alonso de Paços vezino de Biduedo arrendatarios de los votos del Señor Santiago y a los mas que se allaren sus partes e contando el caso desta acusacion y querella digo que ansi que reinantes en Castilla Sus Magestades que teniendo y poseyendo el dicho mi parte dende algunos años el mismo lugar que compro a Alonso Gaiteiro sito en el lugar u pousa de Cacabelos que confina con otro medio lugar de la dicha pousa de Cacabelos y teniendo en el edificada una cassa grande de sobrado para su habitación y morada y tambien otra pequeña para ganados  e hecha en territorio y en heredad de la dicha mi parte y la vivia y abitava juntamente con la otra estando tambien levantada con piedra y madera e lo mismo cerrada con su llave y puertas y siendo hesto ansi los dichos delincuentes el dia de San Felippe y Santº que fue al primero de mayo deste presente año que abra dos meses y medio poco mas o menos tiempo que los sobredichos de proposito y casso pensado acompañados los unos de los otros saliendo de noche de la venta de Balseyro se fueron a donde hestava la dicha cassa y la derrocaron toda ella por el suelo y quemaron la mas Della y todo el colmo y las puertas y acuchillaron dos boyes mansos questaban dentro Della y no contentos con esto llamaron al dicho mi parte muchas feas palabras a altas vozes que las oyan los vecinos del pueblo y dello se jataron luego la mesma noche en la dicha taverna diziendo la cassa del clerigo temerosso queda por el suelo oy en ceniza ansi le abemos de azer a la otra y de los palos que abian quedado abian de azer una orca dellos y aorcar a mi parte en ella y a sus hijos…del dicho Fernando de Boan y Temes de mucha calidad y nobleza decendiente de los Fernandez de Temes a donde tienen la tierra de Chantada su solar conocido con su torre y sus armas en un escudo de los Fernandez en lo alto de la puerta de la torre con su foso y çerca y los que e apelado son esenptos de pagar votos y alcabalas los que son hijos dalgo en el Alfoz de Chantada y de otras imposiciones semejantes atento lo qual a V. Sª pido y supplico mande castigar por todo su rigor debido a los dichos delincuentes y que restituyan a mi parte la dicha taza y llevantaren la dicha cassa y que se retraten de las dichas palabras…

Testigos:

Testimonio de Francisco de Cima de Villa labrador de Rouzós…que dixeron juro a Dios que ha de arder toda y no a de quedar piedra en la dicha cassa y este testigo se levanto y tomo su espada y se bino tras de los sobredichos y al tal lugar do Hollo y ellos dexaron el camino que ba para la puente del carro y tomaron por el camyno al puerto de Arcos … peña de Outeiro quando bio la lumbre que ardia la dicha cassa y corrio a matar la lumbre juntamente con Juan de Villar y otros y los dichos Pedro de Cacabelos y Bartolome de Boveda e compañeros huyeron y el testigo los conocio muy bien y luego a la mesma era allaron los boyes aun pillados? y daban muchas bozes y sabe mas el testigo que después se alabaron dello en dibersas bezes….se hizieron todos a la ciudad de Orense y dixeron al testigo … ti calla a boca … no se acostase con ellos en la corredoira que tenian alli cerca una cama que el testigo los dejo y se vino…

Testigo Juan de Villar labrador vezino del lugar de Villar feligresia de San Juan de Abruciños… responde que el dia del Señor San Felippe y Santº deste dicho mes de mayo proximo passado biniendo cassi de la una de la noche poco mas ho menos de la taverna de Balteiro y llegando a la Ruela vio andar dando golpes y derrocando piedras en la heredad … que el dicho Fernando de Boan hiziera y comprara los dichos bienes a Alonso Gayteyro y parandose a oyr lo que seria se daban mayores y se les dio y no pudo aunque con temor aver lo queria y se puso tras del muro para reconozer los que eran y los conocio porque hazia bien claro ademas que ellos tenian lumbre en un cirio y bio el testigo que los que derocaban la casa y acribillaron dos boyes de balor de veynte y ocho ducados eran el dicho Bartolome de Boveda Agraxes y el dicho Pedro de Cacabelos Alvaro Moredos y Bartolome de Arcos todos quatro y después que la derrocaron y echaron en el suelo el dicho Bartolome de Boveda Agraxes por ser mal cristiano dixo juro a Dios que les ago de poner fuego y ellos todos respondieron dejemos questos palos para azer una orca para ahorcar a este cornudo deste clerigo y a sus hijos en ella y en esto el testigo se fue por miedo de los sobredichos y se fue al lugar de Pazos e comento a dar bozes que ardia la casa del señor Fernando de Boan y Temes …otro dia fue a la ciudad de Orense donde los encontro a todos los quatro // en la rua de los Çapateros y el testigo les dixo aquí caballeros y de noche hazer semejantes cassos que quemastes las cassas del señor Fernando de Boan los quales dixeron y bos vistes lo que entonçes el dicho testigo les dixo si bi a Francisco de Zima de Billa  y Bartolome de Pazos y ellos entonzes dixeron que era verdad la avian echo porque les quitaba sus aziendas que lo callasse y entonces fueron todos a bever y comer y entonces alli dixeron quel cornudo del clerigo porque nos amenaza con un hijo que tiene soldado que se llama don Gaspar hijo de una puta que tiene en casa y con un hermano capitan que dizen an de benir ahora de Lisboa pues juramos a Dios que los hemos de aorcar en los palos que quedaron y entonces el dicho testigo como los bio enojados y con sus espadas y broqueles y lanças callo y en esto los sobredichos dixeron nosotros no le hemos llamado malas palabras al dicho Fernando ni a sus hijos que bien sabemos que es gente muy noble y limpia y que el dicho Fernando de Boan fue casado primero que fuesse clerigo que el de muy viejo dixo missa porque dizen todos los clerigos de esta tierra que es buen estudiante – y mas le hemos de hazer otras cosas que le han de sacar prendas por todos aunque sea mas noble que el rrey – y el testigo les respondio miren vuessas mercedes que los hijos dalgo del Alfoz de Chantada no pagan todos ni alcabalas… dize que nunca jamas se acuerda que se pague de la dicha pousa de Cacabelos y save que toda fue malicia de los adversos por el dicho Fernando de Boan aver comprado el dicho medio lugar y le quieren mal y a los dichos sus hijos…

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Sartego dos Temes, parroquia de Santiago de Losada (1) (Foto do autor, 25-7-2015)

Testimonio de Juan de Mourulle clerigo de Santa Maria de Amoeyro // …que el testigo bio papeles scriptos y muy antiguos pribilegios que su abuelo que se llamo Fernando de Boan y Temes decendiente de la dicha casa y solar y decia decendia della Fernan Nuñez de Temes sobrino de un gran caballero Alvar Perez y este testigo bio cartas y papelos muy antiguos en poder del dicho Fernando de Boan y una carta de que el testigo se acuerda con la firma dizia Alonso Fernandez adelantado de la frontera en que pedia el bisabuelo del dicho Fernando de Boan según el dicho Fernando de Boan lo dezia lo ea la sacasse a la letra el epitafio de la sepultura de Basco Fernandez de Temes donde ellos decendia y que se lo encargava como deudo y bio juntamente otros muchos papeles que tiene el dicho Fernando de Boan = Y dize mas el testigo que por su curiosidad un dia de Santiago del año de mill y quinientos y sesenta y seis fue a la yglesia del señor Santiago de Losada y bio en la dicha Yglesia la mesma sepultura del dicho caballero de los Temes deudo del dicho Fernando de Boan y las letras que el testigo pudo leer dizian Aquí yaze Vasco Fernandez de Temes por donde conoscio ser verdad lo que el dicho Fernando de Boan dizia y para mas claridad lo ha preguntado a muchas personas e caballeros de aquella tierra y a biejos y ancianos como los Enrriquez y Moures y Somoças y otras familias de aquella tierra que dizian y publicaban que el dicho Fernando de Boan y Temes era decendiente legitimo del dicho solar y cassa de Arcos…// Y sabe el testigo estuvo casado con una señora … que el testigo conosçio llamada Isabel Arias de Sobrado y Argiz hija de Pedro Arias de Cadaya que bivio en tierra de Taboada de la que el dicho Fernando de Boan tubo seys hijos tres hijos y tres hijas legitimos los quales truxo consigo al tiempo que vino al benefiicio de Abruciños…

Atentado1

//Y mas dize el testigo  que para que se conosca la linaje y limpieza del dicho Fernando de Boan oyo odizir el testigo a Pedro de Aguiar y a Roy de Moure el Viejo y a un fidalgo de Chantada llamado Sancho de Ulloa que los Fernandez tambien decendian de una rrica señora llamada Hermesinda que avia fundado el monasterrio de Chantada y de un conde que alli ubo que el testigo no se acuerda de su nombre…

Testigo Juan de Lobelle vezino de San Cibrao de Rouzós Y sabe el testigo  el dicho Fernando de Boan es hijo legitimo de Juan Fernandez de Boan y Temes y de Mayor Fernandez de Moure y Somoça personas muy calificadas en tierra de Chantada Y save el testigo que el dicho Juan Fernandez de Boan y Temes padre del dicho Fernando de Boan fue hijo legitimo de legitimo matrimonio y de mayor Perez de Castro que se dizia La Boa = persona que izo el recuerdo a su padre quando murio era de hedad de cient años que era decendiente de un cavallero llamado Alvar Perez y del adelantado Alonso Fernandez y el  dicho Fernando de Boan el Biejo visabuelo del dicho Fernando de Boan á visto que este testigo cartas escriptas muy antiguas firmadas de este adelantado Alonso Fernandez en poder de Juan de Boan padre del dicho Fernando de Boan en que le decia que como pariente y deudo tan llegado de Fernan Nuñez de Temes de la limpia y clara sangre de los Fernandez tuviese por bien de le ynviar esempta la memoria de Basco Fernandez de Temes el qual dize el testigo vio por bista de sus ojos su sepultura en la Yglesia de Santiago de Losada deste cavallero y su cuerpo armado como se usava antiguamente y con su espada dorada y espuelas y estucos dorados y pretrina que le quito el testigo la cubierta del monumento y lo vio estaransi el año de mill e quinientos y cincuenta y dos años con sus rropas largas de seda de que es testigo Y era pequeño de cuerpo y la barva larga porque todo estava embasamado en el sepulcro Y save el testigo y bio por tales? que los caballeros Fernandez de Boan y Temes deciende de este cavallero y es tenido muy llegado el dicho Fernando de Boan destos cavalleros y siempre conserbaron su antigua nobleza como oy lo haze el dicho Fernando de Boan y tiene su solar conocido en la tierra de Chantada en la Torre de Arcos y las mismas armas que estan en el castillo y torre las mismas trahe el dicho Fernando de Boan en su sello y escudo que dellas bio en una cassa en el lugar de Boan destas familias que era un tanto de las que tenia la torre de Arcos que es el propio solar Y dize mas el testigo que el linaje de Fernandez y de Boan y Temes es muy antiguo y no puede decender del cavallero Basco Fernandez ni de Nuño Fernandez sino ellos de los antepasados porque según el testigo vio por bista de sus ojos dentro un cuaderno de papel escripto de mano y signado y firmado de Lope Vazquez de Meixide y Andres Alonso scribano de los apellidos destos linajes de Fernandez de Boan y Temes y otros que se juntaron a ellas el qual oy en dia tiene el dicho Fernando de Boan en su poder a que se rrefiere por el qual el dicho Fernando de Boan abuelo del dicho Fernando de Boan y Temes clerigo pedia los servicios deste antepasado al Rey Don Phelippe primero deste nombre llamado el primero y demas dello el dicho testigo dize que platicando con gente noble del Alfoz de Chantada donde el testigo es nacido y criado y natural patria suya todos a una boz dizen que el dicho Fernando de Boan y sus padres y abuelos y bisabuelos son muy nobles y calificados con muchos actos que adquirieron de nobleza ansi por las armas como por las letras y es tanto que el testigo oyo dizir // a un obispo de Ossera que se llamaba fray Sebastian de Valladolid que los Boanes fueran bienhechores de la cassa de Osera y en tiempos antiguos los caballeros de su linaje dieran al dicho monasterio muchas tierras y por esto el monasterio les hestaba en la obligación y tenian muchos papeles de estos linajes en sus archivos y que el dicho Fernando de Boan clerigo era decendiente legitimo de la dicha casa y la dicha casa y torre de Arcos si el queria la sacaria por suya que le venia de derecho y no podia subceder en hembra como era una fulana doña Sancha Fernandez que lo abia vendido o empeñado con el portazgo y las alcabalas y tributos que se pagan a la dicha torre (2) y no solo se lo dixo al testigo sino tambien el dicho su padre que murio de la hedad que decia declarado y tambien se lo ha dicho Pedro de Aguiar vezino de Billar de Ortelle…

Y tambien declara Juan Salgado, escribano de Su Majestad, vezino del coto de Cudeiro… que el dicho testigo los ha y tiene por personas de baxa calidad y personas revoltosas amigas de riñas… y conocio el testigo muy bien de entero … a Juan Fernandez de Boan y a a Mayor Fernandez de Moure y Somoça sus padres difuntos que vivieron en el lugar y pousa de Boan que es de los Boanes y Sobrados diezmo a Dios los quales dichos sus padres mientras vivieron fueron abydos y tenidos por personas muy nobles hijos dalgo…

La propia Isabel Alvarez Pomba, que crió a los hijos de Fernando de Boan lamentaba que no se arrepintieran porque después de haber cometido sus fechorías dijeron “hicimos muy bien por habernos comprado nuestra hazienda”…

Sentencia:

Fallamos atento los Autos deste proçesso y vistas las pruebas por todas las dichas partes que debemos declarar y declaramos los dichos Bartolome de Boveda, Alvaro Bazquez Moredos, Bartolome de Arcos, Pedro de Cacabelos aver cometido fuerza y delicto, y despoxo, y lo propio los dichos Juan Gonzalez Docampo, Alonso de Paços a los quales mandamos desistan de la dicha fuerza y de aquí adelante no inquieten ni perturben al dicho Fernando de Boan y Temez y sus hijos en la posession queste tiene del medio lugar de Cacabelos que consta aver comprado a Alonso Gaiteiro, y la dicha cassa que derrocaron y quemaron estar plantada y edificada en la media parte del dicho lugar juntamente con la otra grande de sobrado que ya estava edificada, a los quales mandamos que dentro de dos meses levanten y pongan de piedra buena de grano, y palos y colmo, y como la tenia el dicho Fernando de Boan y Temez, y esto a vista de oficiales de la misma arte, pagandole jutamente la quiebra y valor de los dos boyes que acuchillaron, y no queriendo desistir de la dicha fuerza esten presos hasta que lo cumplan, y atento el dicho Fernando de Boan y Temez verifico toda la dicha su querella, y juntamente probo ser hijo dalgo por si y sus padres y abuelos, y antepasados de padre y madre, y lo propio verifico por parte de la dicha Isabel Arias de Sobrado y Arguix su muger que consta estar casado con ella antes de decir misa, y tener tres hijos y tres hijas del matrimonio y ser legitimos y todos seren hijosdalgo notorios y de su muger y de solar conocido, debemos de declarar y declaramos al dicho Fernando de Boan y Temez, y a la dicha Isabel Arias de Sobrado y Arguix su muger difunta y a los dichos sus hijos por hijos dalgo notorios anssi en propiedades, como en posession y descendientes y de tales y devengar los quinientos sueldos conforme al fuero deEspaña; en consecuencia de lo qual declaramos no haber en el dicho Fernando de Boan y sus hijos las palabras que consta averles llamado los dichos Bartolomé de Bobeda Agraxes, Alvaro Bazquez Moredos, Bartolome de Arcos ansi en publico como en ausencia que por las pruebas de los dichos adversos consta mas claro, mandamos que dentro de un dia de cómo esta nuestra Sentencia les fuere notificada se desdigan y retraten dellas publicamente y por cada una dellas les condenamos en los trecientos sueldos la mitad para la Camara de Su Magestad y la otra mitad para el dicho Fernando de Boan // y sus hijos; y demas por el dicho incendio usando con ellos de benignidad, y larga prision, les condenamos a cada uno a seis mill maravedies y en quatro años de destierro a cada uno fuera del Reino de Galicia y no los quebranten so pena de pagallos doblados cada uno en diez años de galeras a remo sin sueldo = Y atento al dicho Pedro de Cacabelos probo no aver llamado ningunas palabras, ni injurias mayores, ni averse allado a la quema e yncendio y estar al tiempo en la ciudad de Orense; por aver acompañado con los sobredichos le condenamos en siete mill maravedies para la Camara de Su Majestad Y declaramos al dicho Fernando de Boan y Temez y sus hijos y bienes en cualesquiera parte que los tengan, y a los que dellos descendieren por exemptos de los votos del Señor Santiago atento probo con muchos testigos mayores de excepcion el y sus antepasados estar en posession de no pagallos y no deberse de la Pousa de Cacabelos y ansi los damos por exemptos y excusados, y mandamos a los jueces y justicias de todos estos Reinos seglares y eclasiasticos ansi lo hagan tener y guardar y executar, no molestando, ni apremiando a la dicha paga al dicho Fernando de Boan y sus herederos, ni a otro pecho alguno = Y condenamos a los dichos Juan Gonzalez Docampo, Alonso de Paços a que buelban y restituyan la taza y prendas que han llevado por la dicha raçon al dicho Fernando de Boan = Y atento consta que de poder absoluto y con una comission del Provisor de Orense perturbaban la jurisdicción seglar, y se hacian justicias, y hacian agrabios, como consta por los autos que vinieron a esta Audiencia a cada uno en quatro mill maravedies para la Camara, y en seis meses de carcel a cada uno en esta Real Audiencia y por todo lo susodicho juzgando definitivamente los mandamos con costas en que condenamos a todos las dichas partes pro rata y mandamos dar la carta executoria de todo ello y de la nuestra Sentencia al dicho Fernando de Boan y Temez Y que todos los juezes y justizias la guarden y cumplan pena de doscientos ducados para la Camara de Su Magestad =Firmado Don Pedro Portocarrero Regente = Pedro Quiñones = Mdo. Varaoz y Licenciado Don Miguel de Texeda = El Licenciado Escobar =

 

(1) Según Vazquez Seijas, trátase de Vasco Pérez de Temes, e a lenda que figura inscrita e a seguinte «Aiqui yace Vasco Perez de Temes, rico cabaleiro pequeno de corpo e que habia gran siso e lealtade e morreo en outro dia de Santa Maria dagosto. Era MCCCLXXI». Outros autores, como Gándara, din que se trata de Vasco Fernández de Temes e interpreta a lenda como «Aqui yaz Vasco Fernandez de Temes pequeno de corpo grande de esforzo bo de rogar malo de forzar». Don Manuel Formoso Lamas sigue a Gándara e opina que se trata de Vasco Fernandez de Temes.

(2) Isto vén confirmar a teoría de Pardo de Guevara e Valdés de que una tal dona Urraca de Temes vendeu a Don Pedro Enríquez, conde de Lemos, Trastamara e Sarria, e á sua muller a condesa dona Isabel de Castro, a vila de Chantada e o seu alfoz, asi como outros moitos bens, entre eles a torre de Arcos, tal como manda no testamento que Don Pedro outorgou en Ourense o 29 de abril do ano 1400, recollido por Fr. Malaquías: «Item mando a la Condesa Doña Ysabel de Castro mi muger la mi casa fuerte Darcos, que yo con ella comprey, con todos los derechos y heredades, e cosas que a la dicha Casa pertenecen, en cualquiera manera… Item le mando mas, e le desembargo a la dicha Condesa, las Casas e Palacios e fortaleza de Chantada Dasma; con toda su tierra e terminos que le pertenecen, e pertenecer deben de derecho. E mando a Lope de Taboada que las dichas casas agora por min tiene: e a otro cualquiera, o cualesquiera, que las tubieren al tiempo de mi finamiento, que las den e entreguen a la dicha Condesa, o a quien ella mandare…»

FONTES:

Archivo Histórico Nacional, OM-CABALLEROS_SANTIAGO,Exp.2874

Arquivo Histórico da Universidade de Santiago de Compostela.- C. FONSECA, PROVISIÓN DE BECAS,S.H.431,Exp.8

POR Don Antonio del Barrio en pleyto CON Doña Iosefa de Boan, y su marido, y curador.- Biblioteca Nacional, PORCONES.

FERRO COUSELO, Jesús.- Gente llana con ventura.- Revista Auriense, tomo II.- 1972

SEIJAS VAZQUEZ, Avelino.- Historia de Chantada y su comarca (Ensayo).- Servicio de Publicaciones.- Diputación Provincial de Lugo, 1979.

MURGUIA, Manuel.- Diccionario de Escritores gallegos.- Compañel, Vigo, 1862.

HERVELLA VÁZQUEZ, José.- Un cronicón de origen orensano: la historia de Don Servando obispo de Orense (1770-1850)

SOUTO CABO, J.A.- A historia de Don Servando.- Santiago 2007

PELLIÇER DE TOVAR, Joseph.- Historia de Don Servando Obispo de Orense, traducida en Lengua Gallega, adicionada por Don Pedro Seguino obispo también de Orense que vivio era 1191, año 1153, trasladada de sus originales en letra gótica por Don Joseph Pelliçer y Tovar, año de MDCXLVI.- Biblioteca Nacional.

BALDOMOIR CABANAS, Xohán Xabier.- Historia da Literatura dos Séculos Escuros e do Prerrexurdimento.

Ir a:

Os Boás son nosos.- Os oríxenes.

Os Boás son nosos (II).- Carta de dote e casamento de Fernando de Boán.

Os Boás son nosos (III).- Testamento de Isabel Arias de Sobrado y Argiz.

Os Boás son nosos (IV).- Testamento de Fernando de Boán.

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