26-08-2018
TESTAMENTO DE FERNANDO DE BOAN, ESPOSO DE ISABEL ALVAREZ DE SOBRADO Y ARGIZ, AÑO 1578.
No primeiro capítulo dos Boás (ver)reinvindicábamos a súa orixe e a vinculación coa freguesía de Santa Eugenia de Asma, Chantada, Lugo.
No segundo capítulo (ver) analizabamos o contido dunha carta de dote e matrimonio outorgada conxuntamente por Fernando de Boán e Isabel Arias de Sobrado e Argiz, a súa esposa, o ano de 1534.
No terceiro capítulo (ver) comentabamos o contido doutro importante documento: o testamento outorgado por Isabel Arias doce anos máis tarde, en xuño de 1546, que nos daba importante información sobre o seu nivel de vida e a súa estrutura familiar, así como das crenzas relixiosas, nivel cultural, etc.
Imos abordar agora neste IV capítulo outro importante documento existente no Arquivo Histórico Nacional (ver), que consiste no testamento otorgado bastantes anos máis tarde por Fernando de Boán, coñecido como o “cura de Abruciños”, freguesía situada nos Chaos de Amoeiro, Ourense, lugar ao que se trasladou despois da morte da súa esposa.
O testamento de Fernando de Boán segue o mesmo esquema que o outorgado trinta e dous anos antes pola súa muller, que comezaba cunha invocación relixiosa, seguida do tipo de exequias que desexaba recibir, describindo o lugar e os detalles que desexaba que se lle tributaran, mandas pías que establecía, repartimiento material da facenda nomeando os seus herdeiros lexítimos e universais, motivo polo que non nos imos a deter moito nestes mesmos detalles.
Hai que recordaque Fernando Boán trasladárase a Abruciños despois da morte da sua muller:
“mi compañera y amada consorte Ysabel Albarez de Sobrado por cuya muerte mude de estado y bine al de la yglesia a ser indigno ministro y sacerdote como al presente lo soy…”
E que no momento de outorgar o testamento, Fernando de Boán atopábase xa integrado na súa nova terra, aínda que conservaba aquela inquietude que temía causar á súa familia polo abandono das terras chantadinas:
“pido y suplico a mis parientes y demas que son y fueren de mi linaje y apellido me perdonen el no permitir me lleben y trasladen a la yglesia de San Juan de Laja a la sepultura de mis antepasados y entierros que alli tienen y tubieren de tiempo inmemorial a esta parte los de mi honrra y linaje como patronos y presenteros de la dicha yglesia…”
No documento pódese reconstruír de forma indirecta o seo patrimonio, polo menos en parte, aínda que nestes asuntos convén actuar con precaución debido a estar cargados moitos deles por contratos forais. Don Fernando Boán recoñece que posúe terras aforadas ao Mosteiro de Oseira, como a granxa de Santa Cruz de Arrabaldo, aínda que sabemos que percibía direitos de foro doutras terras da xurisdición do devandito mosteiro no Val de Viana e terra de Furco, Confurco, etc.:
“me an dado y dieron en fuero en la granja de Santa Cruz de Arrabaldo dentro del circuito de su jurisdicción muchos bienes y heredades de tierra prados y otras propiedades…”
O documento permítenos observar como o grupo «moderno» dos Boás estaba xa prácticamente definido, podendo identificar os personaxes que estarán ó frente do grupo, así como as preferencias do testador por uns ou outros:
“parte de las quales pusse y compre en la caveza del bachiller Juan Fernandez de Boan mi hijo mayor y parte dellas en la mia con animo que tube siempre de dexalle la mayor parte de mi herencia por conocerle de buenos pensamientos e intentos por la que a sido siempre obligar y servir para que como buen hijo después de my muerte cuidase de alimentar a sus hermanos y ponelles en el estado honroso y conbeniente a mi calidad por estar como estoy cierto y satisfecho de su proceder por los muchos y buenos servicios que como obediente hijo me ha hecho por la mexor via y manera que de dcho lugar aya y le deva baler…”
Vemos claramente no documento que a preocupación principal do testador era ordenar o seu patrimonio, sendo fundamental para elo definir xa desde o primeiro momento quen o herdaría. Elixe así a Juan Fernandez de Boán, a quen mellora en terzo e quinto, respetando así a tradición de premiar ós homes e primoxénitos:
“le mejoro en tercio y quinto en toda la dcha granha de Santa Cruz de Arrabaldo y en todo lo demas que yo he comprado y adquiri…y asimismo le mejoro en el lugar que he y tengo y herede del señor Juan Fernandez de Bon mi padre …y ansimismo le mejoro en toda la demas hazienda que he y tengo y le mi fincare al tiempo de my fin y muerte…”
Ser o herdeiro principal leva a obrigación de manter cohesionado o grupo exercendo as funcións de pai e axudando ao resto dos seus irmáns, en especial ós estudiantes:
“tendra en cuenta de socorrer con lo necesario para sus estudios a sus hermanos Fernando de Boan colegial del colegio de Trilingue de la universidad de Salamanca y Pedro Fernandez de Boan para que los lleben adelante a quienes encargo y mando so pena de my heredad le sean muy obedientes y serrbientes y le tengan en lugar de padre…”
Continuando coa tendencia do apartamiento das mulleres das anteriores prebendas:
“encargo y mando al dcho bachiller Juan Fernandez de Boan mi hijo y demas hermanos luego que… busquen una persona de calidad y partes para que case con Cecilia Fernandez de Boan mi hija y su hermana …”
Permite tamén o documento avanzar na análise das relacións sociais e patrimoniais do otorgante, cunha extensa relación dos debedores, pero tamén dos acredores:
“digo que a mi se me deben muchas deudas por diferentes personas y de algunaas dellas tengo libro y memorial y de otras no lo tengo y ansi de las que no tengo escripto ago la memoria siguiente…”
Tras sinalar que calquera outras mandas, testamentos e codicilos que antes deste fixese asi de escribano como de palabra non valerían, finaliza o testamento sinalando que foi datado o seis de outubro de mil cincocentos setenta xuntio co selo e firma do escribano, Alvaro Rodríguez:
Trascripción:
«In domine Nomine amen Sepan quantos esta carta de manda e testamento postrimería voluntad vieren como yo Fernando de Boan clerigo veneficiado que al presente soy del beneficio de San Juan de Abruciños hijo legitimo que finque de Juan Fernandez de Boan y de Mayor Fernandez de Moure y Taboada estando como estoy enfermo de enfermedad natural quel mi señor Jesucristo tubo por bien de me dar, estando como estoy en mi sano juicio acostumbrado temiendome de la muerte que es cossa natural que cualquiera hombre humano como bueno catolico y fiel christiano temorosso de nuestro Señor y Salvador de sus sagrados mandamientos quiero ordenar azer y constituir el presente testamento para por el después de mandar mi alma y encomendalla y ponella en las manos misericordiosas de mi Señor Jesucristo disponer de mis bienes muebles e raíces universalmente y ordenar todo aquello que fuere mi voluntad se aga después que Dios nuestro Señor fuere servido llevarme deste mundo para el otro en el tenor siguiente Primeramente mando la mia anima al mi Señor Jesucristo que la crio y encerro en este triste cuerpo pecador y la redimio por su santísima sangre en el madero de la Veracruz y le ha de dar el gallardon merecido y condino (CONDIGNO) en el orrendo y temeroso dia del juicio poniendo como para acerle effecto desde luego pongo y llamo por intercessora a su madre Santíssima nuestra señora Santa Maria reina de los angeles y de todos los bieneaventurados que estan y gozan de su ynefable presencia madre merretissima de Dios y por cuya intercesión espero ir a goçar // de su presencia por averle costado caro mi redenpcion que por mi hizo mediante la sangre que derramo en el arbol de su santísima pasion Item mando que sy yo passare deste mundo ansi en la agonia de la muerte como después mientras estubiese por enterrar que esten dos sacerdotes conmigo que me reciban my anima y me ayuden a bien morir y me encomienden a nuestro Señor y me acompanen mi cuerpo hasta ser enterrado con pompa funeral decente a mi calidad a los que les mando que de mis bienes les den a cada doze rreales Item mando que mis carnes después de yo fallecido sean sepultadas dentro de la yglesia de San Juan de Abruciños del otro lado donde yaze sepultado Gonzalo Alnso mi antecessor y para en este casso pido y suplico a mis parientes y demas que son y fueren de mi linaje y apellido me perdonen el no permitir me lleben y trasladen a la yglesia de San Juan de Laja a la sepultura de mis antepasados y entierros que alli tienen y tubieren de tiempo inmemorial a esta parte los de mi honrra y linaje como patronos y presenteros de la dicha yglesia porque mi aficion y boluntad ha sido siempre de enterrarme en la dicha yglesia de San Juan de Abruciños después que Dios me llebe para ssi a mi compañera y amada consorte Isabel Albarez de Sobrado por cuya muerte mude de estado y bine al de la yglesia a ser indigno ministro y sacerdote como al presente lo soy y assi por aver passado en este dicho beneficio los dias de // mi vejez quiero que tenga mi cuerpo como natural para que no me tenga por ingrato y desconocido atento a los beneficios y onrras que me hizo a que soy obligado a considerar—–
Item ansimismo en consecuencia de lo referido mando que los huesos y cuerpo de la dicha Isabel Albarez de Sobrado y Argiz mi mujer que estan depositados por mi en la Yglesia de San Salvador de Brigos de junto a Chantada mis herederos y testamentarios los ayan de traer y traspasar de la dicha Yglesia de San Salbador de Brigos a donde estan depositados a la dicha Yglesia de San Juan de Abruciños para que esten juntos sus huesos y los mios en una misma Yglesia y sepultura los quales se traigan con la decencia y onrra que se suele y acostumbra azer con semejantes cassos para lo qual les doy poder y facultad para todo lo justo y necesario—————
Item que ofrezcan por my anima el dia de mi enterramiento a la missa mayor una baca y quattro fanegas de pan y un moyo de bino y al tercio dia de mis onras y obsequios mando ofrezcan por el consiguiente pan bino y lumbre y ansimissmo por todos los domingos del año hasta ser cumplido el año y dia—
Yatento que soy cofrade de la cofradia de San Juan de Abruciños y Santa Maria de Amoeyro y Santa Marina de Fontefria y Sant Cibrau de Rouzos que les ruego me bengan acompañar con ssus cirios y velas y les mando a cada una una fanega de pan y a la de San Juan de Abruciños mando mas otra media con que encienda la çera todas las bezes que se hicieren mis // funerales y tercios y cavo de año==
Y mando que por mi anima que digan docientas missas las ciento y sesenta el dia de mi entierro tercio y cabo de año y las cuarenta mando se de dellas una capilla a un clerigo que diga cada semana una missa en la yglesia de San Juan de Abruciños y me digan un responso por mi anima encima de mi sepultura—
Item mando que encima de mi sepultura se ponga un ataud cubierto de un paño negro con dos escudos de mis armas el qual este encima Della todo el año entero para que quando se ofreça por mi anima los domingos me encomienden todos a Dios y mando me enciendan dos achas de cera al derredor————————–
Item mando al alumbrado de la yglesia de San Juan de Abruciños del Santissimo Sacramento una fanega de pan asi mandé—-Item mando a la obra y fabrica de la dcha yglesia otra fanega de pan asemade paga—-
Item mando a la santa cruzada e redencion de cautibos dos rreales asemade pagos y con esto les aparto de todos los bienes————-
Item digo que porque a los tres años que yo beneficiado y capellan de la santa cassa nuestra señora Santa Maria de Ossera de la orden de nuestro padre San Bernardo donde canté missa nueba antes que biniese a ser abbad de la dcha yglesia de San Juan de Abruciños el abbad y rreligiosos que al tiempo eran como los demas que an sido de la dcha cassa hasta oy dia me an dado y dieron en fuero en la granja de Santa Cruz de Arrabaldo dentro del // de su jurisdicción muchos bienes y heredades de tierra prados y otras propiedades con arboles y sin ellas y ottras muchas que asimismo yo compre y adquiri de muchas y diversas personas en la dicha jurisdicción parte de las quales pusse y compre en la caveza del bachiller Juan Fernandez de Boan mi hijo mayor y parte dellas en la mia con animo que tube siempre de dexalle la mayor parte de mi herencia por conocerle de buenos pensamientos e intentos por la que a sido siempre obligar y servir para que como buen hijo después de my muerte cuidase de alimentar a sus hermanos y ponelles en el estado honroso y conbeniente a mi calidad por estar como estoy cierto y satisfecho de su proceder por los muchos y buenos servicios que como obediente hijo me ha hecho por la mexor via y manera que de dcho lugar aya y le deva baler le mejoro en tercio y quinto en toda la dcha granha de Santa Cruz de Arrabaldo y en todo lo demas que yo he comprado y adquiri durante el tiempo que fuy beneficiado en la dcha yglesia de San Juan de Abruciños del lugar de Cacabelos sito en la feligresia de Santa Marina de Fontefria en todas las casas herede del prados y montes y demas cossas a el anexas y pertenecientes que he y tengo de que ansimismo estan en la dcha su cabeza y se lo compre en el dcho lugar== Y asimismo le mejoro en el lugar que he y tengo y herede del señor Juan Fernandez de Bon mi padre que santa gloria aya que se dize de Pousada sito en la feligresia de San Martiño de Mariz de que se me pagan nuebe fanegas //de pan de renta y ansimismo le mejoro en toda la demas hazienda que he y tengo y le mi fincare al tiempo de my fin y muerte para que la goçe y tenga por suya con condicion que después de mi muerte aya de proseguir y prosiga sus estudios començados y llebe adelante los yntentos que tenia de oponerse a uno de los colegios de la universidad de Salamanca porque de su talente y letras fio de que sera Dios servido de ponerle en el estado que yo desehe siempre y el como hijo asimismo lo deseava——-Y asimismo le mando y encargo que conforme a su posibilidad y lo que rrentare su hazienda de cada un año a Gazpar Fernandez de Boan su hermano y mi hijo natural para que passe onrradamente como soldado onrrado socorriendole por personas seguras con algunos dineros a Lisboa donde esta de presidio y otras partes donde estubiere Para lo adelante y sirbiera a su Magestad pudiento con comodidad y donde no convierta la dcha limosna en Ynes y Catalina Fernandez mis sobrinas que son pobres que estan casadas para ayuda a a crianza de sus hijos———————————-
Item dara ansymesmo y tendra en cuenta de socorrer con lo necesario para sus estudios a sus hermanos Fernando de Boan colegial del colegio de Trilingue de la universidad de Salamanca y Pedro Fernandez de Boan para que los lleben adelante a quienes encargo y mando so pena de my heredad // le sean muy obedientes y serrbientes y le tengan en lugar de padre y le obedezcan y respeten como lo azian a mi mismo el qual a quenta de que legitimas en lo que alcanzaren y donde no de la dcha mejora que ansi le ago les ayudara para lo susodicho para que se ayan aquellos que deben imitando por las letras los passados de sus mayores por las armas atento la poca hacienda que tenian para poder vivir y sustentarse todos viviendo en ella todos juntos————————-
Item ansimesmo encargo y mando al dcho bachiller Juan Fernandez de Boan mi hijo y demas hermanos luego que haya passado esta presente vida busquen una persona de calidad y partes para que case con Cecilia Fernandez de Boan mi hija y su hermana y le den en dinero y hazienda todo lo que baliere y montara su legitima y lo demas que como buen hermano gustare para que viva onrradamente y no les sea estorbo para tener quenta con ella mientras estan en sus estudios.
==Item digo que se miren mis memoriales y papeles y lo que costare de ver a mi hija Ynes Perez de Boan muger de Juan Garcia de Castro se le pagare y si no se contentare su marido de lo que yo le prometi endose que volviendo que volviendo a colación y monton lo que asi llebe mando que después de sacada la dcha mejora de tercio y quarto que ansi ago al dcho obachiller Juan Fernandez de Boan mi hijo entre a repartir con todos sus cinco hermanos tanto uno como otros contentandose mando le den cient ducados de mas de lo que se deviere de su dote que me pareçe no seran veinte ducados
// Item digo que a mi se me deben muchas deudas por diferentes personas y de algunaas dellas tengo libro y memorial y de otras no lo tengo y ansi de las que no tengo escripto ago la memoria siguiente—
Item me debe Pedro Douteiro damoeyro nuebe ducados y medio como fiador de Pedro de Boveda su cuñado por los quales estan ejecutados por Gregorio Garcia merino que fue del monsterio de San Clodio—
==Item me debe Gregoio de Sant Martiño de Lamas cinco ducados e yo le devo el precio de un castaño que me dio y cinco canbas (CAMBAS) de carro= Mas me debe librarme después su hermano cuatro ducados mas me debe Grabiel de Confurco cinco rreales y mas dos carteyros de pan de dos años atrasados que no me pagaron — Item me debe Fernando de Furco seis carteyros de pan de años atrassados de que no me pago un cartero de pan de rrenta que en el dcho lugar tengo == Item me debe el señor Rodrigo Fernandez Noguerol mi pariente veinte ducados para los quales tiene puesto en prenda un ducado de a diez === Item me debe Cosme de Pacio el censo de trece ducados dende quatro dende quatro años a esta parte – Item me debe Pedro de Cacabelos dos hanegas de pan a precio de veinte y quatro rreales la anega del año de setenta y seis – Item me debe Camilo de Villamea en la bega de Biana catorze fanegas de pan de años atrasados de las quatro que en cada un año me paga de pan ==Ansimesmo me debe Juan de Campos una anega de pan de renta // Y mas lo que costare deverme por dos obligas con el que pasaron delante Nuño Bazquez Item me debe Simon do Campo siete rreales y Carmen Darcos dos hanegas de pan deste año Item me debe la casera que fue del lugar de Pousada tres ducados por una obligación que passo delante Alonso Diaz de Carbajal — Item me deben los bienes y herederos de Baltasar Dallo quatro ducados que tengo como arriendo dellos en manos de Pedro Boveda – Item me debe Nuño Bazquez escudero por una parte ducados (SIC) por otra quatro anegas de pan a precio de dos ducados cada una — Item digo que debo a Alonso do Bañal por raçon de sus serbicio que me ha hecho veynte y ocho rreales mando que le den cinco rreales mas == Item debo mas a Simon de Cima de Billa mi criado el servicio de un año al albedrio de Fernando de Zima de Billa == Item debo a Afonso mi criado por el hermano del un año que fenecio el dia de San Lorenzo proximo passado e después del tiempo corrido hasta ahora por año seis ducados. Item debo a Juan Gomez mercader vezino de la ciudad de Orense treinta y cinco ducados y por ellos le tengo puesto en prendas un ducado de a diez y otro de a quatro y ocho de a dos todos biejos // Item mando paguen a Costança mi ama por los servicios que me ha echo executar que se allará por mi memorial Item digo que tengo pago toda la dote que prometí al señor Bartolmé Garcia de Abruciños mi yerno con Clara Fernandez de Boan mi hija legitima quando que no se contentando traiga a colación y monton lo que rrescibio y parta hermanamente con los demas tres hermanos Juan Pedro Fernando Ynes reciba contentandose le mando cincuenta ducados para ayuda de sus necesidades—–
Item dexo por mi conclusa in solidum de mis onrras y obsequios al bachiller Juan Fernandez de Boan mi hijo legitimo a quien encargo mi alma y le doy poder cumplido según se rrequiere en tal casso para que pueda cuidar de mis bienes la parte que fuere necessaria y benderlos y del valor dellos cumplir esta my manda y testamento y por terceros dexo ansimesmo al señor Rrodrigo Fernandez Noguerol y a Pedro Fernandez y Fernando de Boan mis hijos legitimos y en lo demas de lo quees de cumplido todo ello se anega mas otras (FALTAN PALABRAS) se contiene // en el rremaneciente de todos mis bienes nombro e ynstituyo por herederos a los dchos mis hijos legitimos con que den ansimesmo por los dias de su vida al capitan Pedro ode Boan mi yerno lo que fuere necesario para su sustento mientras esta enfermo y se ba a servir a su Magestad – lo qual ansimesmo pido y encargo al señor Juan Fernandez de Boan mi yerno abad de San Payo de Lueda a quien por su vejez y enfermedad no dexo por mi testamento cumplido por no ser necesario conforme la satisfacción que tengo del dcho mi hijo == Y rreboco casso ganallo rebato y doy por ninguno y de ningun valor otras cualesquiera mandas testamentos y codicilos que antes deste haya hecho asi de escribano o de palabra los quales quiero y mi voluntad es que no balgan ni surtan efecto puesto casso que parezcan sino que este que al presente ago y otorgo por delante Albaro Rrodriguez escrivano el qual quiero que valga por mi manda (ROTO) // qualquiera via que de derecho mejor lugar en ser testimonio dello qual otorgo dello la presente carta de manda y testamento en la forma y manera que dcha es ante el presente escribano y testigos en cuyo registro la firme de mi nombre hecho y otorgado en el yglesario de San Juan de Abruciños y dentro de las casas de morada de dicho señor Fernando de Boan a seis dias andados del mes de otubre de mile quinientos setenta y ocho años estando a ello presentes por testigos llamados y rrogados Juan de Mourelle clerigo retor de Santa Maria de Amoeyro y Juan de Lobelle rector de San Zibrao de Rouzos y Alonso de Fondo de Villa juez de Amoeyro y Bartolome Gonzalez de Abruciños vezino de Abruciños y Simon de Cima de Villa criado del dcho señor Fernando de Boan e yo scrivano doy fe conosco al otorgante …paso ante mi yo Alvaro…» (ROTO)
(Firmado): ALVARO RODRIGUEZ ESCRIBANO
FONTES:
Archivo Histórico Nacional, OM-CABALLEROS_SANTIAGO,Exp.2874
Arquivo Histórico da Universidade de Santiago de Compostela.- C. FONSECA, PROVISIÓN DE BECAS,S.H.431,Exp.8
POR Don Antonio del Barrio en pleyto CON Doña Iosefa de Boan, y su marido, y curador.- Biblioteca Nacional, PORCONES.
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SEIJAS VAZQUEZ, Avelino.- Historia de Chantada y su comarca (Ensayo).- Servicio de Publicaciones.- Diputación Provincial de Lugo, 1979.
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HERVELLA VÁZQUEZ, José.- Un cronicón de origen orensano: la historia de Don Servando obispo de Orense (1770-1850)
SOUTO CABO, J.A.- A historia de Don Servando.- Santiago 2007
PELLIÇER DE TOVAR, Joseph.- Historia de Don Servando Obispo de Orense, traducida en Lengua Gallega, adicionada por Don Pedro Seguino obispo también de Orense que vivio era 1191, año 1153, trasladada de sus originales en letra gótica por Don Joseph Pelliçer y Tovar, año de MDCXLVI.- Biblioteca Nacional.
BALDOMOIR CABANAS, Xohán Xabier.- Historia da Literatura dos Séculos Escuros e do Prerrexurdimento.
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Os Boás son nosos.- Os oríxenes.
Os Boás son nosos (II).- Carta de dote e casamento de Fernando de Boán.
Os Boás son nosos (III).- Testamento de Isabel Arias de Sobrado y Argiz.